La accesibilidad en el transporte público

La accesibilidad en el transporte público

En los últimos años, afortunadamente, se han dado importantes pasos en pro de la accesibilidad en el transporte público para personas con movilidad reducida. Hoy día, por nuestras ciudades circulan vehículos que cuentan con un alto grado de adaptación. Muchos autobuses disponen además de piso bajo y rampa y la mayoría tienen dos plazas asignadas para la colocación de sillas de ruedas eléctricas.

Como puedes imaginar, el nivel de accesibilidad del transporte público varía en función de las ciudades y las entidades gestoras. La tipología de vehículos utilizada es muy variada. Vemos desde los autobuses de piso bajo con rampa hasta autobuses dotados únicamente con rampa. Si están adaptados suelen destinar una plaza para personas en silla de ruedas. 

Qué entendemos por transporte accesible

Es el que permite a las personas, sean cuales sean sus condiciones de movilidad, satisfacer sus necesidades y deseos de desplazamiento de modo autónomo. Para lograrlo, es necesario que las estaciones o paradas tengan las características adecuadas que permitan los desplazamientos. No sólo para las personas usuarias de sillas de ruedas, sino también para todos discapacitados, físicos o sensoriales. 

Por otro lado, los vehículos deben tener las condiciones de diseño y soluciones técnicas necesarias para conseguir un transporte accesible. En Ortopedia Plaza creemos que un servicio que cumpla con estos requisitos no sólo beneficia a las personas con discapacidad sino a la ciudadanía en su conjunto. 

Accesibilidad como clave para la integración 

La movilidad de las personas con discapacidad es un elemento esencial para su integración en la sociedad. En este sentido, un transporte accesible ha de permitir a las personas con discapacidad satisfacer sus necesidades de desplazamiento de forma autónoma. 

Las personas con discapacidad se enfrentan a una serie de dificultades inherentes al propio funcionamiento del transporte y a los condicionantes de accesibilidad a la parada o estación. Por eso, hace años entraba en vigor el Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad. Desde entonces los cambios han sido notables. Muchas empresas han optado por renovar sus flotas y adaptarlas a los criterios de accesibilidad vigentes. Sin embargo, la accesibilidad real aún no es una realidad. 

Un servicio de transporte público es accesible si cumple estos requisitos:

  • Vehículos: tiene que haber una rampa escamoteable y/o un sistema de piso bajo o una plataforma electrohidráulica para acceder al vehículo. Además, tiene que haber cinturón de seguridad y reposacabezas para los usuarios de silla de ruedas. También tiene que ser posible anclar el chasis de la silla de ruedas al del propio vehículo y hay que instalar asideros y elementos de sujeción a diversas alturas.
  • Paradas: hablamos aquí del diseño correcto de las marquesinas y báculos de paradas. Han de ser detectables por personas con deficiencias visuales y ubicados correctamente con asientos a distinta altura. 
  • Estaciones y terminales: hay que garantizar el desplazamiento en silla de ruedas entre la entrada, las taquillas y los andenes. Tiene que haber suelo antideslizante y, si son necesarias, rampas con la inclinación apropiada.

Recuerda que en Ortopedia Plaza tendrás a tu disposición una amplia variedad de sillas de ruedas disponibles para su alquiler.

 

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